Eficiencia energética

Los comercios dispondrán de una ayuda para cumplir con el Decreto de Ahorro Energético del Gobierno

La Junta de Extremadura ha habilitado la convocatoria de ayudas para la mejora de la competitividad del pequeño comercio, abierta hasta el 25 de octubre, incluyendo como gastos subvencionables la adecuación del local y la mejora de la eficiencia energética de los establecimientos comerciales. Por tanto, se incluye el cierre automático de las puertas de los establecimientos y cumplir con el decreto de ahorro energético impulsado por el Gobierno central.

Se trata del Decreto 114/2021, de 29 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras y primera convocadora de las ayudas para la mejora de la competitividad del pequeño comercio de Extremadura publicado en el DOE el 26 octubre del año pasado.

El decreto establece nuevas bases reguladoras de las ayudas para la mejora de la competitividad del pequeño comercio minorista de Extremadura, flexibilizando los requisitos para acceder a ellas, ampliando los gastos elegibles y aumentando la intensidad de las ayudas.

Como gastos subvencionables se incluyen adecuación del local comercial, sistemas de fidelización de clientes, eficiencia energética, gastos en publicidad, gastos en la contratación de servicios profesionales para el asesoramiento en marketing en punto de venta, para la mejora de la reputación digital, para diseño de tienda y escaparatismo, accesibilidad universal e inteligencia artificial aplicada al comercio.

Estas ayudas consisten en una subvención del 50 por ciento de los gastos elegibles, con un límite máximo global de ayuda por establecimiento de 30.000 euros y una inversión mínima de 1.500 euros. En el caso de que el proyecto incluya inversiones en mejora de la accesibilidad, la intensidad de la ayuda será de un 60 por ciento.

Un Plan de ahorro energético para reducir el consumo

El Plan de choque de ahorro y gestión energética en climatización del Gobierno para reducir rápidamente el consumo de energía en edificios administrativos, comerciales y de pública concurrencia, facilita el cumplimiento de los compromisos europeos derivados del conflicto en Ucrania, e impulsa también la electrificación de la economía, al agilizar las tramitaciones de las redes e infraestructuras y potenciar el almacenamiento y el autoconsumo.

En concreto, establece las siguientes medidas para estos edificios:

Tendrán las temperaturas de calefacción y refrigeración limitadas a 19 y 27 grados centígrados respectivamente; contarán con siete días desde la publicación de la norma para hacer efectiva la limitación, que estará en vigor hasta el 1 de noviembre de 2023.

Exhibirán en carteles o pantallas las medidas obligatorias de ahorro, entre otras adicionales que reduzcan el consumo. También tendrán siete días para cumplir y su vigencia será efectiva hasta el 1 de noviembre de 2023.

Antes del 30 de septiembre deberán disponer de cierres automáticos en las puertas de acceso para impedir que se queden abiertas permanentemente, con el consiguiente despilfarro por pérdidas de energía al exterior.

El alumbrado de los escaparates tendrá que estar apagado desde las 22.00 horas. Esta disposición también se aplicará a los edificios públicos que estén desocupados en ese momento. Igualmente tendrán siete días para cumplir y lo tendrán que hacer hasta el 1 de noviembre de 2023.

Aquellos inmuebles que hayan pasado la inspección de eficiencia energética antes del 1 de enero de 2021 deberán someterse a una revisión extraordinaria antes del 31 de diciembre de 2022, de modo que todos los edificios con un consumo de climatización relevante hayan superado una inspección en los últimos dos años.

Enlace al Decreto: Plan Ahorro MITECO

Enlace Junta de Extremadura: Línea de ayudas